JUICIOS ORALES FAMILIARES
18 Sep 14 - 22:27
LA IMPLEMENTACION DE LOS JUICIOS ORALES FAMILIARES EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
El Derecho subjetivo público de acceso a la justicia para los ciudadanos en el Distrito Federal, se encuentra consagrado en el artículo 17 constitucional, y tiene como base el anhelo humano por una verdadera cultura de legalidad; por consiguiente, todo procedimiento llevado ante el tribunal competente para su debida impartición de justicia debe estar libre de obstáculos innecesarios, evitando formalismos que retrasen o impidan su debida resolución.
Es por todos los ciudadanos sabido, que los sistemas de justicia en la actualidad están saturados en su modalidad tradicional (escrita) debido a múltiples factores que han acarreado distintos males y vicios a la actividad jurisdiccional de impartición de justicia, haciendo evidente la necesidad de un cambio.
El predominio de la oralidad en el proceso ha sido visto en los últimos años como una posible solución al problema de la expeditez en la impartición de justicia en el Estado Mexicano, tanto así, que se realizó la reforma judicial penal cuyo punto importante es la implementación de la oralidad en los procesos dirigidos a dicha materia.
Al hablar específicamente sobre el derecho familiar, también implica hacer referencia a la familia como institución y núcleo de la sociedad, de esta manera, tanto la familia como el derecho que rige las controversias que se suscitan dentro la misma, a través del tiempo han sufrido distintas transformaciones, debiendo evolucionar de manera conjunta; el orden jurídico de familia es una materia innovadora que se encuentra en constante cambio, debiendo estar a la vanguardia para dar una respuesta adecuada a las necesidades de la sociedad.
La materia familiar es de vital importancia y trascendencia, por lo tanto, es necesario dotar al juez de los instrumentos jurídicos precisos para que sus resoluciones sean más efectivas, pues deben llevar a cabo la obligación de proveer la eficaz e inmediata ejecución de sus sentencias.
Es indiscutible el hecho de que actualmente la impartición de justicia en el derecho familiar carece de los principios fundamentales para proveer de manera pronta y expedita por parte del juzgador, dicha problemática se atribuye en gran medida, a que en su mayor parte el procedimiento tiene tendencia hacia la escritura, retrasando que éste siga su curso y se pueda llegar a la solución de la controversia en cuestión.
Se tiene la convicción de que la adopción de los juicios orales en el derecho familiar en el Distrito Federal traería consigo múltiples beneficios.
Se deben ponderar todos los aspectos positivos que se proporcionarían a la sociedad con el hecho de contar con la oralidad en el proceso de familia, así como de los principios que lo sustentan, sería un acercamiento a la justicia de forma tangible, no sólo de manera práctica, sino también humana.
En el Estado de derecho en el que nos encontramos se debe evaluar el sistema de impartición de justicia de los procesos en materia familiar, es evidente la necesidad de actualizar las leyes procesales anticuadas existentes, para llevar a cabo una simplificación en el procedimiento y como resultado obtener un método ágil, sencillo, confiable y eficaz para el debate y la solución de controversias, congruente con las necesidades sociales.
El objeto de esta nueva tendencia es la inmediatez procesal, se resume como la facultad para percatarse de los sucesos a través de los sentidos, y encuentra su esencia y justificación en los principios de la lógica elemental, la razón y la propia naturaleza humana, teniendo este principio una estrecha relación con el de la oralidad en los procesos, ya que el juzgador tendrá la posibilidad de emplear de manera directa sus sentidos para que en si ánimo se construya la convicción necesaria para dictar el fallo en uno o en otro sentido, pues le es posible recoger vestigios probatorios sin intermediarios.
Por lo anterior, la implementación de juzgados orales conlleva a participar en la construcción de un sistema procedimental que alienta la búsqueda de que aquellos elementos materiales y humanos que permitan el desarrollo de una impartición de justicia en materia familiar de forma más eficaz, derivado de ello, la oralidad en los juicios actualiza la concentración de las etapas a efecto de satisfacer el principio de economía procesal.